Las situaciones en las cuales los trabajadores tienen derecho a la distribución de utilidades se actualizaron tras la publicación de la Resolución 3/2022 en la Gaceta Oficial No. 19 Extraordinaria del 8 de marzo.
El documento declara que están en posición de recibir utilidades los empleados que participen en cursos de capacitación a tiempo completo por decisión de instancias superiores o por necesidades de la producción y los servicios; actúen como juez lego en los tribunales populares y como autoridad electoral no profesional o movilizado para desempeñar funciones durante el desarrollo de los procesos electorales.
Serán beneficiados también los trabajadores que participen en movilizaciones militares, ante desastres naturales, tecnológicos o sanitarios y los cuadros sindicales que actúen con carácter profesional en una organización de base, vinculada a la empresa, que incluye los burós sindicales, especiales y extraterritoriales.
Se garantiza, además, el disfrute de la licencia de maternidad pre y posnatal de la madre trabajadora y las vacaciones pagadas.
El jefe de la entidad, de común acuerdo con la organización sindical, puede determinar otras situaciones que se consideren para la distribución del tiempo trabajado.