Una voz autorizada, Homero Acosta Álvarez, secretario del Consejo de Estado y del Parlamento cubano, ofrece pormenores de la construcción colectiva de la primera ley que se somete a referendo en Cuba
El próximo domingo 25 de septiembre Cuba irá a las urnas otra vez. Pero en esta ocasión la ciudadanía será protagonista de un hecho inédito: nunca antes una ley había sido sometida a la voluntad del pueblo, el que tendrá la última palabra (Sí o No), que por sencilla que parezca encierra gran trascendencia para el presente y el futuro del país.
Se trata del Código de las Familias que se someterá a escrutinio público tras varios meses de consulta y el visto bueno concedido a ese texto por la Asamblea Nacional del Poder Popular, en julio último.
No pocas personas se han hecho eco de una idea que provoca confusión –es mejor no atribuirle calificativos aunque daña– a solo unos días del ejercicio del voto. Comentan que si ya fue aprobado por la Asamblea y se publicó en la Gaceta Oficial, para qué hacer referendo. “Pues no es así”, aclara Homero Acosta Álvarez, secretario de la Asamblea Nacional y del Consejo de Estado de la República, quien es un experto en temas legislativos y fue parte de la comisión redactora del Código y de la Constitución de 2019.
Apunta que “este referendo es vinculante, por tanto no basta con la aprobación del Parlamento. El punto de partida de este Código, de recibir el Sí, será el domingo 25. Igual sucedió con la Constitución aprobada en su momento por la Asamblea Nacional, y se explicó que entraría en vigor cuando el pueblo votara a su favor en el referendo constitucional”.
El especialista agrega que los textos normativos siempre son publicados en la Gaceta Oficial de la República para que se conozcan. En este caso, adicionalmente, se expresa que será aprobado una vez que se ratifique en las urnas. “Incluso se incorporó la frase: ‘Se publica para general conocimiento’, porque las personas deben saber oficialmente la versión por la que votarán”.
Homero Acosta es profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Habana, donde se tituló hace más de tres décadas. Es máster en Derecho Público de la Universidad española de Valencia y conferencista en diversos eventos nacionales e internacionales, por lo que es una voz autorizada para disertar acerca de esa nueva norma y el camino emprendido para darle letra, cuerpo y espíritu.
También amplía acerca de otros referendos realizados en Cuba y por qué se decidió hacer este ejercicio ahora, previa consulta masiva con el pueblo.
El entrevistado tiene la palabra
“El proyecto de Constitución que fue sometido a amplia consulta popular motivó muchas opiniones. La comisión redactora había concebido un cambio en el diseño de los sujetos del matrimonio.
“Recordemos que la Constitución de 1976 reflejaba un concepto de matrimonio anclado en los cánones hasta ese momento existentes: la unión voluntariamente concertada entre un hombre y una mujer. Sin embargo, el constituyente de 2019, se colocó en la encrucijada de respetar o cambiar esos conceptos.
“Tras hacer su propuesta, la Asamblea aprobó el cambio del diseño de los sujetos, y estableció que el matrimonio era la unión concertada y voluntaria entre dos personas. Una parte de la población expresó un criterio contrario. Fue precisamente ese artículo (el 68) el que más opiniones suscitó.
“Cuando la comisión y los diputados analizaron las opiniones vertidas, se llegó al consenso de que para el caso particular del concepto del matrimonio se debía seguir profundizando. Por eso se aprobó la disposición transitoria décimo primera incluida en la Constitución: ‘Atendiendo a los resultados de la consulta popular realizada, la Asamblea Nacional del Poder Popular dispondrá en el plazo de dos años de vigencia de la Constitución iniciar el proceso de consulta popular y referendo del proyecto de Código de las Familias, en el que debe figurar la forma de constituir el matrimonio’”.
Homero Acosta detalla que la decisión fue construir un Código de las Familias a partir de un consenso que incluyera dos actos de participación popular muy vinculados entre sí, uno, la consulta para que la población emitiera sus pareceres. Y otro, el referendo para que en las urnas tuviera su aprobación.
“Yo creo que sabiamente el constituyente cubano de 2019 aprobó someter el futuro Código de las Familias a ese proceso participativo y democrático, previo análisis en la Asamblea Nacional.
“Había varias disyuntivas, igualmente legítimas: decidir que el Código fuera aprobado en un solo acto parlamentario, o consultar el texto masivamente y aprobarlo en la Asamblea. O realizar la consulta popular y solamente llevar a referendo el tema del matrimonio. Pero primó la idea de hacerlo lo más abierto y democráticamente posible”.
-¿Es primera vez que se hace un referendo así?
–Hay dos tipos de referendo desde el punto de vista normativo: Un referendo constitucional, que no es muy común, porque una buena parte de las constituciones del mundo no han sido ratificadas ni aprobadas por referendo; y está también el referendo legislativo: el que somete una norma jurídica, una ley, a la expresión del voto directo y secreto de la población.
“Esto sí es prácticamente ausente en la práctica parlamentaria internacional, porque se le ha dado a los parlamentos la capacidad de representación del pueblo y de asumir en su nombre la capacidad de legislar y aprobar leyes.
“Nosotros teníamos antecedentes, en el Código de la Familia del año 1975 se realizó una consulta popular. Pero el primer referendo en la historia constitucional de Cuba surgió con la Constitución de 1976. Ese proyecto se llevó a la población para que emitiera su opinión en un ejercicio directo sobre si estaba o no de acuerdo. Así se aprobó, lo que dio lugar al proceso de institucionalización, la creación de los órganos representativos, la Asamblea Nacional…
“Al aprobarse la Constitución se estableció que determinadas reformas constitucionales, por su contenido, tendrían que llevarse a referendo. Eso fue lo que ocurrió con la de 2019, que nació de otro ejercicio refenderario, de carácter constitucional. Por eso reafirmo que hasta este momento no ha existido en la historia constitucional cubana ningún otro ejercicio legislativo así, el cual obedece a un mandato de la propia Constitución que se sometió a consulta y también fue aprobada en referendo. O sea, no se emite a partir de la capacidad que tiene la Asamblea de someter a referendo determinadas normas, facultad que ya está en la Ley Electoral, sino que ocurre por la decisión constituyente de la Asamblea Nacional de 2019.
-Y sobre la familia, ¿había más urgencia para sintonizar el código a la realidad de hoy, y estar en consonancia con los tratados internacionales de los cuales Cuba es parte?
-La aprobación de una Constitución supone un terremoto en el entorno jurídico de un país, porque hay una colisión entre las normas que la Constitución ha aprobado y las que con anterioridad estaban vigentes. En el caso de la familia desde hacía mucho tiempo urgía un cambio en el ordenamiento; diversos estudios dan fe de la preocupación por una legislación familiar de acuerdo con los cambios en el ámbito social.
“El Código de la Familia actual es de la década del setenta del siglo pasado; en su momento muy revolucionario, pudiéramos decir que era uno de los más revolucionarios en nuestra región y a nivel del mundo, por lo que entrañaba en el orden social de la Revolución, en el papel de la mujer y la igualdad de oportunidades, en el rol del hombre y la mujer en el espacio familiar.
“Esos conceptos supusieron, vamos a decir también, un tsunami, por las incomprensiones que existían frente a su contenido, que tuvieron que enfrentarse en muchos espacios. Pero hoy han quedado atrás en la carrera entre el derecho y la vida social que avanza a una velocidad superior al de las normas jurídicas”.
-Han transcurrido más de cuarenta años.
-Sí, y esas normas que en su momento fueron modernas, habían quedado muy atrás. El derecho familiar ha tenido un desarrollo importante en el ámbito jurídico, y también los estudios sobre la familia en las ramas psicológica, sociológica y médica y, por tanto, se requería una nueva configuración. Además, la familia cubana de los años setenta es muy diferente a la del siglo XXI, y aunque en muchas ocasiones se planteó hacer modificaciones, y de hecho se hicieron algunas, yo creo que fue sabio esperar el cambio constitucional, para anclar determinados presupuestos que llevaran a la transformación más profunda de la legislación familiar, a tono con la Constitución.
“El ámbito del derecho familiar, vamos a decir que es el menos jurídico, es el de la cotidianeidad, el de la vida de todas las personas, y por tanto hay que construirlo, requiere consenso, legitimación desde el criterio social, y eso es lo que se ha construido, buscando que la población se apropie de conceptos, aun cuando haya discrepancias”.
El secretario del Consejo de Estado y del Parlamento es un convencido de que las discrepancias fortalecen los procesos, “porque frente a las discrepancias están los argumentos, y los argumentos son los que permiten a las personas tomar la decisión más responsable”, dice.
“Este código responde a la necesidad de construir un régimen jurídico familiar con el mayor consenso, con la mayor legitimación, con la mayor relación estrecha entre el pueblo y esa norma”.
Apunta que “Cuba ha dado un ejemplo al mundo de construcción normativa en un espacio ampliamente democrático, desde lo que significó el proceso de la consulta constitucional de 2019, y lo que derivó en cuanto a familias. Aunque eso no quiera decir que podamos repetir en todas las normas un proceso popular.
“En este caso específico, el constituyente quiso reafirmar, teniendo en cuenta los resultados de aquella consulta popular, que el código fuera llevado a la opinión del pueblo, a la discusión popular y a un ejercicio democrático superior, que es el referendo, mediante el sufragio directo y secreto de la población”.
Por otra parte, Homero Acosta abunda en que si bien el Código actual se había quedado atrás con respecto a la vida del país, también estaba desfasado en cuanto a los tratados internacionales suscritos por Cuba, que hacían necesarios otros cambios en la legislación.
Nuevos instrumentos de carácter multilateral con los que Cuba se ha comprometido, como la Convención de los Derechos del Niño, suponen otros conceptos. “Reconocerlos no como objetos sino como sujetos de derecho con capacidad y respeto a la autonomía progresiva, por ejemplo, que el Código de Familia de 1975, por supuesto, no reconocía”.
“También está la Convención sobre las personas en situación de discapacidad, que tampoco a nivel internacional en 1975 se tenía una mirada sobre ellas, al igual que no la había acerca de los problemas ambientales, ni del cuidado y los cuidadores, ni la atención a las personas adultas mayores, tan importantes ahora en una sociedad que envejece. Quiere decir que en el decurso de la vida se han ido incorporando cuestiones que el Derecho y el Código de las Familias no pueden desconocer.
-Sin duda fue una decisión osada someter a escrutinio popular asuntos familiares de tanta envergadura. ¿Qué pasos se siguieron para la construcción de esta Ley? ¿Cómo participaron los diputados?
-Hay un procedimiento legislativo establecido en la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional y del Consejo de Estado, y en este caso también estaba el mandato constitucional y la práctica del proceso constituyente, que yo creo que fue paradigmático como modelo participativo, para el nacimiento de la Constitución. De un modo u otro, salvando las diferencias, esa experiencia se ha tenido en cuenta en este ejercicio legislativo, que tiene sus particularidades.
“Fuimos cumpliendo un cronograma, pero llegó una pandemia que paralizó muchas cuestiones del trabajo ordinario de muchas instituciones, en particular en el ámbito legislativo.
“Enseguida comenzaron los ataques, a decir que Cuba no quería aprobar un Código de las Familias. Se apresuraron al afirmar ‘no van a cumplir’. Eso en buen cubano es ‘compraron pescado y le cogieron miedo a los ojos’; el rotundo mentís ha sido este proceso. Apenas tuvimos la posibilidad, el tiempo, y aún en pandemia se trabajó en el proyecto.
“Lo que sucedió después demostró que esa voluntad que estaba en la Constitución, y en la voluntad política ratificada por la dirección de nuestro país en múltiples ocasiones, se hizo realidad. Cómo organizar un proceso como este, que llevaba consulta popular, cumpliendo las normas de distanciamiento y que no se podían hacer reuniones, nos puso a pensar.
“¿Quiénes redactarían el proyecto?, ¿quién se va a encargar?, ¿cómo proceder?, igual que se hizo con la Constitución, se incluyó en una propuesta del presidente de la República, llevado a un acto legislativo, en primera instancia al Consejo de Estado, que la Asamblea luego ratificó.
“La comisión redactora aprobada, al igual que la encargada de la Constitución, yo creo que hay que verla en su diversidad, en su análisis plural, porque ella en sí también tiene la visión y los saberes de muchas personas de distintas edades, de distintos conocimientos y responsabilidades. Me parece que fue una fortaleza de la que se nutrió el equipo para crear el texto.
“Ahí estaba también nuestra academia, nuestros profesores, que durante años son de los que más han investigado y que tienen un prestigio en el ámbito jurídico, en el ámbito jurídico familiar, al que han dedicado mucho tiempo de sus vidas. Junto a la representación de nuestras organizaciones, y los parlamentarios, diversos también.
“Estuvieron los estudiantes de la enseñanza media y los universitarios. Y la representación de la mujer, en especial, nuestra Federación de Mujeres Cubanas que en la persona de su secretaria general aportó mucho, porque esa organización también tenía una labor desde Vilma para la transformación del derecho familiar y el Código de la Familia.
“Se logró aunar distintas miradas, distintas visiones, que facilitaron concebir y construir un código que no fuera solo un ejercicio académico, sino que tuviera la visión popular”.
Como activo integrante de la comisión redactora, Homero Acosta atestigua que el trabajo no fue “nada pacífico, no todo fue aceptado unánimemente”. Narra que hubo muchas discusiones sobre muchos temas.
“En algunos no se tenía toda la comprensión, o porque no se tiene todo el conocimiento, o porque hay que hacer determinados ajustes. Creo que debo decir que casi todos tuvimos posiciones encontradas en varios temas. Lo reafirmo para que no se tenga la idea de que teniendo un texto, llegamos allí y en una reunión se aprobó; no fue así.
-Por eso se elaboraron tantas versiones hasta la 25.
-Antes de llegar a esa versión hicimos una útil consulta especializada, porque en la comisión redactora se dijo que hacía falta conocer otros saberes, otras personas que también pudieran aportar. Por ejemplo, la Asociación Cubana de Limitados Físicos-Motores, Asociación Nacional de Ciegos y Débiles Visuales y otras organizaciones sociales, nos permitieron escuchar la visión de ellos porque son sujetos del Código de las Familias. Fuimos a los centros de estudio, a los psicólogos y a otros especialistas, quienes tienen su visión.
“Resultó que aportaron importantes cambios, que luego la comisión hizo suyos, porque contribuyeron a elevar la calidad que ya tenía el proyecto como resultado de los análisis iniciales y de las versiones que se habían trabajado con anterioridad.
“Durante varios días estuvimos en el Capitolio reunidos para analizar esos aportes, donde participaron también otras autoridades como ministros y especialistas de las ramas implicadas, para ampliar la visión de los muchos aspectos recogidos en el texto.
“Se construyó la versión que fue llevada a una primera lectura a la Asamblea Nacional, donde también hubo fuertes debates. Los diputados no fueron allí a aplaudir todo; allí durante la sesión parlamentaria se hicieron cambios y se dieron argumentos en los casos en que no se modificó algún artículo.
“Hubo otros compañeros que no estaban propiamente entre los redactores, y fueron llamados para escucharlos, porque se trataba de temas con cierta conflictividad, en los que hacía falta saber ver cómo se elaboraban. Una cosa es que usted tenga claro los conceptos, y otro es que el derecho necesita una redacción al alcance de las personas y de quienes deben aplicarlo.
“La Asamblea aprobó un proyecto, el 24, que fue el que tuvo la población en sus manos para la consulta masiva”.
-Se sabe que no todas las opiniones recibidas se acogieron. ¿Por qué? ¿Qué criterio de selección se siguió? ¿Cuánto impactaron en el texto inicial y las subsiguientes versiones del proyecto?
-La consulta popular es un ejercicio también democrático en que se escucha a la población, cada cual da la suya, y hay opiniones diversas sobre todos los temas. Hay quien dijo: ‘Yo di mi opinión y no la aceptaron’. Bueno, es que aparte de lo que tú dijiste, hay diez que dieron un criterio contrario. Y valoramos no por el número, porque tampoco es cuantitativo, es un análisis lógico de los principios que informa, los valores que informa la norma, su correspondencia con la Constitución.
“En ese ejercicio, aparte de la población, aportaron los trabajadores y los estudiantes en sus centros, en su medio, donde son capaces de decir cuestiones que a lo mejor en su barrio no dijeron. Ellos también contribuyeron al resultado final.
“La consulta transcurrió entre febrero y abril de este año. En marzo decidimos hacer un corte para que la comisión redactora valorara cómo se iban perfilando las opiniones, cuáles eran las líneas de opiniones y los temas de mayor interés”.
-¿Cuáles temas tuvieron el mayor impacto?
–Observamos que la mayoría se había expresado favorablemente al Código. Temas como el matrimonio, la responsabilidad parental, la autonomía progresiva, la gestación solidaria, la adopción, entre otros, recogían razonamientos encontrados, incluso contradictorios con la Constitución.
“Al final de la consulta y luego de que la comisión filtrara todas esas opiniones para cada uno de los artículos, dijimos: a ver, de ese artículo, de ese inciso, ¿qué se dice?, y fuimos contrastando para llegar a la mejor variante de qué acoger y qué no.
El experto relata que estuvieron tres días, el 30 y 31 de mayo y el 1º de junio, trabajando nuevamente con el volumen de criterios aportados por el pueblo. Cuenta que “en esas extensas jornadas hubo 275 opiniones, ¡se podrán imaginar!, y no todas eran favorables”.
Algunas personas, no siempre bienintencionadas, han repetido después: No se hizo nada, no cambiaron nada, nos han tomado el pelo. Frente a tales afirmaciones, Homero Acosta casi sonríe, como seguramente han hecho otros testigos actuantes en la ardua labor realizada, nada fácil por cierto, algo que sabían desde que se enfrascaron en esa empresa.
Para desmentirlos están los datos, que no son simples cifras. El secretario de la Asamblea y del Consejo de Estado enumera que “nada cayó en saco roto. Entre la versión 24 sometida a la consulta y la 25 que llevamos a la Asamblea Nacional, la última, que fue la aprobada, resultó modificado cerca del 48 por ciento de los artículos.
“La versión 24 tenía 471 artículos. Luego, totalizaron 474. Estamos hablando de números que representan ideas modificadas, argumentos que fortalecieron el texto. Al final son 532 disposiciones, contando los artículos, las disposiciones transitorias y finales. Fueron incorporados 11 nuevos artículos y se eliminó uno. O sea, casi el 50 por ciento del texto tuvo cambios entre una versión y otra. Se mantuvieron sin cambios 266 artículos.
El experto narra el fuerte ejercicio de análisis realizado para llegar a tal resultado, consensuado entre muchos. De su relato se desprende que prevaleció el respeto a cada opinión. Incluso “cuando tuvimos que retroceder o cuando tuvimos que decir no estoy de acuerdo, o que fui convencido. Lo puedo decir en mi caso personal, yo no estaba de acuerdo en todas las cuestiones que estaban allí, sin embargo estuve de acuerdo al final con las soluciones. ¿Por qué?, porque si la mayoría está de acuerdo con esas soluciones nosotros tenemos que respetar eso, y ese es el ejercicio democrático, donde la mayoría impera hay que respetar.
“Eso fue lo que ocurrió tanto allí como en la Asamblea, como tendrá que ocurrir el día 25 de septiembre, porque no se construye desde la visión de uno, se construye desde la visión de muchos, y esos muchos son la mayoría.
“Por eso reiteramos que este código se construyó con la labor de expertos, de diputados, de mucha gente, pero en particular de nuestro pueblo, cuya participación en las dos fases resultó decisiva, la de construcción y la de aprobación (el 25), y por ello es un ejemplo para el mundo.
-La Constitución contiene un amplio capítulo dedicado a las familias, del que partió este Código, sustentado también en otros artículos constitucionales para dar mayores derechos y garantías. ¿Este es el código que la familia cubana necesita mirando al futuro?
-Quien compare el capítulo de la familia de la Constitución de 1976 con el de las familias de la actual Constitución se percatará de la gran transformación que tienen los conceptos, no solo en ese capítulo III, sino también en principios ahí incluidos acerca de la igualdad, la no discriminación, y otros en cuanto al debido proceso, las garantías, los derechos, que significan una transformación con respecto a la anterior Carta Magna, pero en el ámbito del derecho de familia los cambios son sustanciales.
“Ahora tenemos una apreciación superior del código que necesita Cuba, más amplia que si lo hubiéramos hecho antes, incluso en 2018, cuando se inició el proceso de consulta popular del proyecto de Constitución. La sociedad ha cambiado, y estos ejercicios democráticos, participativos, tanto para la Constitución como para esta norma, han permitido tomar mayor conciencia de que un código como este es necesario, y que un código como este refleja y representa a nuestro país, y representa esa diversidad familiar, y representa los deseos, los afectos, el espíritu de nuestro pueblo”.
El experto refiere que los parlamentarios al participar en la redacción de esta ley, no hicieron más que describir una realidad y llevarla al plano jurídico, que recoge el derecho de todas las personas a fundar una familia.
¿Cómo es la familia cubana hoy?, se pregunta Homero y él mismo la define: “es diversa, la hay en un matrimonio nuclear formalizado o no, la hay en una relación heterosexual, pero también la hay en una relación homo, y eso es respetable. En la Constitución están los principios de la dignidad, que es cardinal porque rige el ejercicio de todos los derechos.
“Toda esa riqueza familiar está en el Código, donde no se impone ningún modelo, sino que los reconoce y apela a que sean respetados.
“Cuando la mayoría aprobó la actual Constitución, también suscribió lo incluido en ese capítulo III de las Familias, que ahora con amplitud se refleja en el Código. Por eso al votar, frente a la boleta debemos pensar que estamos votando por todos esos derechos para todos, hoy y mañana. En Derecho es difícil construir desde el hoy para el mañana, y yo creo que aquí eso se ha logrado”.
-Luego de tantos meses de bregar, en breves palabras cómo resumiría el Código de las Familias por el que pueblo votará el domingo 25?
-Creo que el código ha resuelto con amplia solvencia y rigor técnico definiciones del ámbito del derecho familiar que no están, pudiéramos decir, con esa integralidad, en ninguna o en no muchas de las legislaciones del mundo hoy.
“En qué otros países se han llevado a cabo ejercicios legislativos con este carácter, dónde se han construido normas con este impacto y este calado social y familiar, de la manera en que Cuba lo construyó. No es la opinión de uno ni de un grupo, sino la construcción colectiva, la creación normativa entre pueblo y Parlamento.
“El Código de las Familias es la obra de los representantes genuinos del pueblo en Asamblea, y del pueblo mismo, quien al final decide. Eso es lo que da fortaleza, eso es lo que legitima, eso es lo que da consenso y fuerza a esa norma que tiene tanta raigambre en lo espiritual, en lo social de la vida de la gente. Hemos estudiado y atendido otros códigos, pero este tiene mucho de cubano, porque en su texto cabe Cuba con todos sus matices”.
(Tomado de Cubaperiodistas)