Banco Metropolitano

Un comentario dejado días atrás en la web de Cubadebate advertía la posibilidad de que algunas personas estuviesen empleando tarjetas magnéticas de fallecidos para acumular o extraer grandes sumas de dinero en cajeros automáticos.

La opinión, por sí sola, no indicaba si tal situación se daba en La Habana o en alguna otra ciudad o poblado del país. Aún así, indagamos sobre el tema en conversación con directivos del Banco Metropolitano (Banmet), que opera únicamente en la capital.

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Al ser consultada, Siria María Cruz Ibarra, directora de Banca Personal en la oficina central de Banmet, explicó que el tratamiento que se le da a las cuentas de los fallecidos no es algo propio del banco: transita por lo dispuesto en el Código Civil y también en el Código de las Familias, en cuanto a la protección de los bienes que se tienen en custodia de esa institución.

Añadió que, desde que la persona abre la cuenta, establece un contrato con el banco donde aparecen todas las condiciones del uso y su operatividad. “Se puede determinar, en ese minuto, si va a tener beneficiario o no.

“Al momento del fallecimiento, lo inmediato es el bloqueo de la cuenta. No se pueden tocar más los recursos que hay allí hasta tanto se presenten las personas que acrediten ser herederos o beneficiarios de ese dinero depositado y que legalmente demuestren su condición”, subrayó.

Cruz dijo que, a partir de esos documentos y un dictamen legal realizado por un jurídico, se determina —en caso de que haya un testamento— una adjudicación de herencia. “Es decir, no es cualquier persona quien accede al saldo de un fallecido”.

Pero… ¿cómo llega al banco la información de que el titular de una cuenta falleció?

La informatización y sus lagunas

Siria María Cruz Ibarra, directora de Banca Personal en la oficina central de Banmet. Foto: Yunier Sarmientos/Cubadebate.

Cruz indicó que una vía es la comunicación directa en el banco por algún familiar, y otra —al menos para quienes acceden a los beneficios de la seguridad social— es a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. “Ese organismo, automáticamente, envía un fichero al banco cuando las personas fallecen. Estamos trabajando en alianzas con otras organizaciones para optimizar este proceso.

“Las cuentas bancarias tienen un proceso de inactivación: cuando una cuenta está dos años sin moverse, automáticamente se bloquea y no se puede operar, salvo que venga el titular y se presente a la fe de vida”, apuntó.

Por otro lado, Eugenio Teruel Soteras, director jurídico de Banmet, confía en la paulatina informatización de los organismos involucrados en ese proceso como una posibilidad para que “estas cosas que están pasando, sobre todo con los pensionados, dejen de suceder.

“Hay detalles que se escapan de las manos del banco, pues el contrato que firma con la persona propietaria de la tarjeta es para un uso individual. Esto implica que no se le puede pasar a ningún familiar.

“Si una persona viaja al extranjero de forma temporal, la ley establece la emisión de un poder notarial, y el banco define cuáles son las reglas de ese tipo de operación para que otra persona pueda utilizar la cuenta”, añadió.

Teruel subrayó que, “en el caso de los emigrados, es más difícil, porque la persona que se quedó con la cuenta —que ya tenía dinero o a la cual le están ingresando dinero—, hasta tanto no se desmagnetice el dispositivo (lo que la obliga a ir al banco), nosotros no nos enteramos.

“Mientras eso no suceda, la cuenta puede estar activa y, a través de operaciones como Transfermóvil, se puede recibir dinero o usarse para otros fines. El banco no tiene responsabilidad en ello”, aclaró.

De herederos y litigios

A decir del directivo, cuando ocurre una declaratoria de herederos por parte del titular fallecido, el banco accede al documento y los abogados realizan un dictamen para que los herederos y el beneficiario accedan al saldo legado.

“Cuando hay litigio —porque las personas tienen dificultades para acceder al notario y van al tribunal—, es ese órgano el que resuelve sobre esos bienes: decide la manera en que se van a repartir y los pone de acuerdo.

“En el caso del beneficiario, se trata de un fondo independiente de la comunidad matrimonial de bienes y de la herencia, que el titular puede designar en vida a una persona específica. Para ello, debe registrar el nombre completo y el número de carné de identidad del beneficiario elegido. Este cambio solo puede realizarse en vida del titular”, precisó Teruel.

Al ocurrir el fallecimiento, una vez acreditado mediante el acta de defunción, la cuenta se bloquea automáticamente. Tras este proceso, y previo a la distribución de los bienes de la comunidad matrimonial y la herencia (que se realiza mediante adjudicación legal), el monto designado se transfiere de manera expedita al beneficiario registrado.

“No importa si es de salario o de formación de fondo —lo que la gente llama ‘descuento por nómina’—. En todas las cuentas individuales, el titular puede decidir nombrar un beneficiario, incluso uno distinto para cada cuenta. Esa es una decisión de quien la está abriendo en ese momento. En cualquier otro instante, se puede sustituir ese beneficiario”, valoró Cruz.

De acuerdo con Teruel, en el caso de quienes presentan una declaratoria de heredero, son ellos quienes asumen la designación de beneficiarios según el nuevo Código de las Familias. Este código establece tres tipos de régimen matrimonial: separación de bienes, régimen mixto o comunitario, e individual. Las obligaciones respecto a la declaración de beneficiarios varían según el régimen elegido.

  • Si el régimen es comunitario, es obligatorio obtener el consentimiento del cónyuge para designar a un beneficiario, ya que los bienes se consideran parte de la comunidad matrimonial.
  • Si el régimen es individual, no es necesario informar al cónyuge ni obtener su autorización, pues no existe una comunidad de bienes que proteger.
  • Para el régimen mixto, la declaración de beneficiarios aplica únicamente sobre los bienes que formen parte de la comunidad pactada. Es decir, cuando hay bienes comunes, el consentimiento del cónyuge resulta indispensable. Esta normativa busca garantizar transparencia en la disposición de los bienes conyugales.

Bajo el antiguo Código, todos los matrimonios estaban sujetos a un régimen comunitario, por lo que el cónyuge debía firmar y consentir cualquier designación de beneficiarios. Sin embargo, el nuevo Código de las Familias otorga mayor flexibilidad: si el titular del beneficio es viudo o divorciado, puede designar beneficiarios libremente sin necesidad de informar a terceros, incluyendo herederos o cónyuges anteriores.

El valor del contrato

Banco Metropolitano.

Al referirse a los fraudes mencionados, Teruel indicó que suelen ocurrir por incumplimientos contractuales. “Por ejemplo, existen casos de personas fallecidas cuyos datos no fueron actualizados en la Seguridad Social, lo que dificulta su identificación.

“No obstante, los controles actuales —como las tarjetas magnéticas de pensionados— permiten detectar movimientos inusuales, bloqueando las cuentas automáticamente para evitar operaciones fraudulentas. Una vez bloqueadas, el banco notifica a la Seguridad Social para que se adopten las medidas pertinentes”, dijo.

Para Cruz, en tanto, “lo primero que debe suceder es que las personas cumplan con lo establecido en el contrato de la cuenta que firmaron con el banco. Una de las cláusulas más importantes del contrato es la forma de operar la cuenta.

“Siempre que el titular de la cuenta le otorgue acceso a otra persona para utilizar sus fondos, es imposible garantizar un seguimiento informatizado de las operaciones. Tendríamos que tener chips conectados al cuerpo para identificar quién realiza este tipo de acciones.

Los productos que ofrece el banco están diseñados previendo un nivel de riesgo. En el contrato se pactan tanto los derechos como las obligaciones de ambas partes. Por lo tanto, cuando un cliente que accede a un producto viola las condiciones pactadas en el contrato, ese es el punto de partida para cualquier irregularidad.

“Por ejemplo, alguien con una tarjeta de salario que no puede salir de casa debido a una lesión podría pedirle a su esposo, tío, primo o vecino que retire dinero por ella en un cajero automático.

“Este pequeño acto, aunque resuelva el problema inmediato, pone su información en manos de otra persona. Mientras no ocurra nada, no hay problema; pero el día que sucede algo irregular, el cliente acudirá al banco reclamando: ‘Están operando mi cuenta’. Sin embargo, ¿quién le otorgó acceso a esa otra persona? No fue el banco.

“La primera respuesta del banco será: ‘El contrato fue violado’”, destacó.

Según la directiva, la confianza en la familia o la buena voluntad de otros siempre juega un papel importante, pero la vida puede ser más compleja. “Tal vez la persona que recibió los datos compartió la información con alguien más, dando lugar a una situación de riesgo. Todo parte de que el cliente voluntariamente entregó sus credenciales y, en este caso, también el medio físico, como la tarjeta. No basta con tener el PIN; quien accede necesita ambos elementos”, precisó.

Desconocimiento o poca educación financiera

Eugenio Teruel, director jurídico del Banco Metropolitano.

Para los expertos consultados, es común que en redes sociales se anuncie sobre estafas relacionadas con mensajes fraudulentos que solicitan datos personales para realizar operaciones. “Es importante recordar que el banco nunca solicita datos personales de los clientes. Si el banco es quien abrió la cuenta, ya dispone de toda la información necesaria.

“El desconocimiento de las personas en muchas ocasiones es evidente, pero estas deben leer lo que firman. En un contrato hay obligaciones y derechos de ambas partes. Y quien lo viole, el banco está en su responsabilidad de exigir el cumplimiento. Esto está muy bien pactado en los contratos” indicó Cruz.

Teruel también cree que la falta de educación financiera conlleva, entre otras cosas, que muchas personas —incluidos los tarjetahabientes— utilicen herramientas como Transfermóvil sin tomar las debidas precauciones.

“Por ejemplo, una vez que alguien tiene acceso a tu tarjeta, tu número de teléfono y tu cuenta, puede realizar cualquier tipo de fraude. ¿Qué está ocurriendo en nuestra sociedad? La poca educación financiera ha provocado que las personas desconozcan los delitos asociados a este tipo de actos y las consecuencias legales que pueden enfrentar.

“A veces, el titular de una cuenta ni siquiera posee dinero, pero otra persona usa su cuenta para transferir fondos ilícitamente a otras cuentas, lo cual sucede con frecuencia. Estas acciones pueden derivar en procesos penales, ya que violan lo establecido en el contrato firmado con el banco.

“Aunque el cliente, en ocasiones, se pregunta qué ha hecho mal, el problema radica en haber facilitado el acceso a su cuenta y a Transfermóvil, permitiendo que terceros operaran y realizaran actividades fraudulentas. Algunos métodos incluyen la clonación de datos o su transmisión por aplicaciones como WhatsApp”, subrayó.

Algo preocupante

Banco Metropolitano en La Habana.

Teruel reconoce como algo preocupante que en el país existan medios controlados por particulares que permiten acceder a cuentas ajenas. “Cuando hay una investigación, el banco proporciona toda la información disponible, lo que suele revelar que las operaciones fueron realizadas por personas distintas al titular, utilizando la cuenta para sacar dinero y transferirlo con fines ilícitos”, dijo.

Al querer hurgar en cifras que sirvieran para graficar esas violaciones, el directivo respondió a Cubadebate que esa información no está directamente en manos del banco, ya que depende de los órganos competentes encargados de estos asuntos. Lo que sí hace el banco es realizar operaciones internas para revisar las cuentas y buscar irregularidades.

“Aunque esta información está informatizada, no existe un equipo que pueda supervisar constantemente a los millones de usuarios. Es imposible identificar si quien utiliza una cuenta o un cajero automático es el titular o una persona distinta.

“La responsabilidad siempre recae en el titular de la cuenta, quien firmó un contrato que deja claro que el uso de sus credenciales y herramientas como Transfermóvil debe ser personal.

“En el caso de los actores económicos, como las Mipymes (Micro, pequeñas y medianas empresas), estas pueden tener múltiples cuentas además de la cuenta fiscal, que corresponde a la cuenta corriente del negocio. Por ejemplo, el titular puede tener una cuenta como persona natural, una cuenta de ahorros, una cuenta de salario y una cuenta fiscal para el negocio.

“La cuenta fiscal de las Mipymes se utiliza exclusivamente para las operaciones relacionadas con la actividad empresarial. Por otro lado, las cuentas personales —como las de ahorro— están destinadas a gestionar dinero que no se utilizará diariamente, como pensiones o salarios.

“Aunque el sistema bancario establece claramente la finalidad de cada tipo de cuenta, en algunos casos se observa un uso indebido de estas, lo cual genera problemas como el tráfico entre cuentas.

“Es responsabilidad individual de los socios o trabajadores de las Mipymes garantizar el uso adecuado de las cuentas. El banco, por su parte, actúa de manera preventiva, proporcionando información a organismos como el Ministerio de Finanzas y Precios, la ONAT y el Ministerio del Interior sobre cómo se gestionan las cuentas. Además, cuando detecta irregularidades, procede a bloquear las cuentas y citar a las partes involucradas, sean personas naturales o jurídicas.

“Por normas internacionales que deben cumplirse, todos los involucrados —incluidos el banco, notarios y otras entidades— tienen la obligación de acatar las regulaciones relacionadas con el lavado de activos, aunque en muchos casos los problemas detectados corresponden a malversación de fondos.

“Este tipo de delitos, que también incluyen el desvío de dinero y la evasión fiscal, están contemplados en el Código Penal y ocurren en la sociedad a un nivel considerable.

“Respecto a cuántas cuentas puede tener una persona, esta puede poseer una cuenta de ahorro, una de salario y más de una cuenta personal, además de su cuenta fiscal si es titular de una Mipyme”, concluyó Teruel.